Pandemia de coronavirus (COVID-19) y régimen de trabajo a corto plazo
Las medidas adoptadas para prevenir la propagación de la pandemia del nuevo coronavirus (COVID-19) hacen cada día más difícil la sostenibilidad de las actividades económicas. Por este motivo, los despidos de empleados han comenzado a ser un tema frecuente. La utilización del régimen de jornada reducida por parte de los empleadores afectados negativamente por el coronavirus, en lugar de rescindir los contratos de trabajo, evitará que los empleados pierdan su empleo y que los empleadores pierdan a sus trabajadores experimentados. Al mismo tiempo, el "subsidio por trabajo de corta duración" que pagará el Estado bajo ciertas condiciones apoyará los ingresos de los empleados.
1-¿Qué son el régimen de trabajo a tiempo reducido y el subsidio por trabajo a tiempo reducido?
El trabajo de jornada reducida es un plan que proporciona apoyo a los ingresos de los empleados asegurados durante el período en que no pueden trabajar, por un período no superior a tres meses en el lugar de trabajo, en los casos en que las horas de trabajo semanales en el lugar de trabajo se reducen temporalmente en al menos un tercio debido a crisis económicas generales, sectoriales, regionales o fuerza mayor, o cuando las operaciones en el lugar de trabajo se suspenden total o parcialmente durante al menos cuatro semanas sin que requieran continuidad. Este período podrá ampliarse hasta seis meses mediante decreto presidencial. En este ámbito, además del apoyo a los ingresos, también se proporciona a los empleados el servicio de pago de las primas del Seguro General de Salud.Subsidio diario por trabajo a tiempo reducido; es el 60% del ingreso bruto promedio diario calculado sobre la base de los ingresos basados en primas del asegurado durante los últimos doce meses. El monto del subsidio de jornada reducida calculado de esta manera no puede exceder el 150% del salario mínimo mensual bruto que se aplica a los trabajadores mayores de 16 años de conformidad con el artículo 39 de la Ley N° 4857. El subsidio de jornada reducida se paga al trabajador personalmente, el día cinco de cada mes, por los períodos durante los cuales no trabajó. Los pagos se realizan a través de PTT Bank.
2-¿Es posible beneficiarse del subsidio de jornada reducida por coronavirus?
Teniendo en cuenta los posibles efectos del nuevo coronavirus (Covid-19), el régimen de jornada reducida se ha iniciado en el ámbito de "fuerza mayor derivada de situaciones periódicas causadas por efectos externos".Los empresarios que deseen beneficiarse del régimen de jornada reducida por haber sido afectados negativamente por el coronavirus pueden solicitar ISKUR (Agencia Turca de Empleo) con pruebas que lo respalden.
3-¿Cuáles son los criterios necesarios para beneficiarse del subsidio por trabajo de corta duración?
Para que se acepte la solicitud del empleador de un subsidio por jornada reducida, debido a crisis económicas generales, sectoriales, regionales o de fuerza mayor,la jornada laboral en el lugar de trabajo deberá haberse reducido al menos en un tercio semanalmente o las actividades en el lugar de trabajo deben haber sido suspendidas total o parcialmente durante al menos 4 semanas sin requerir continuidad, se debe haber presentado una solicitud a ISKUR por este motivo, y debe determinarse mediante una evaluación de elegibilidad realizada por Inspectores de Trabajo que el lugar de trabajo ha sido afectado por estas circunstancias.Para que el empleado pueda beneficiarse del subsidio de jornada reducida, principalmente debe estar asegurado y trabajar bajo un contrato de trabajo. Además, la solicitud de trabajo de jornada reducida del empleador debe considerarse apropiada y el empleado debe haber calificado para recibir beneficios de desempleo en términos del período de trabajo y el número de días de pago de la prima del seguro de desempleo de conformidad con la Ley del Seguro de Desempleo. Según dicha ley;Para quienes estuvieron sujetos a un contrato de trabajo durante los últimos 120 días antes de la terminación del contrato de trabajo, dentro de los últimos 3 años;
a) Los asegurados desempleados que hayan trabajado como asegurado durante 600 días y hayan pagado las primas del seguro de desempleo recibirán 180 días,
b) Los asegurados desempleados que hayan trabajado como asegurado durante 900 días y hayan pagado las primas del seguro de desempleo recibirán 240 días,
c) Los asegurados desempleados que hayan trabajado como asegurado durante 1080 días y pagado las primas del seguro de desempleo recibirán 300 días,
de las prestaciones por desempleo.Se añadió un artículo provisional a la Ley del Seguro de Desempleo mediante el artículo 41 de la Ley N° 7226, de 26 de marzo de 2020. El artículo 23 provisional, relativo a las solicitudes de jornada reducida realizadas por el impacto del COVID-19, establece, “Vigencia hasta 30/6/2020, para las solicitudes de reducción de jornada presentadas por motivos de fuerza mayor causada por el nuevo coronavirus (Covid-19), se aplicará la disposición del tercer párrafo del artículo complementario 2 que establece que el trabajador debe cumplir las condiciones para tener derecho al seguro de desempleo, excluida la rescisión del contrato de trabajo, para tener derecho al subsidio de reducción de jornada, se aplicará como si hubiera estado sujeto a un contrato de trabajo durante los últimos 60 días antes de la fecha de inicio de la reducción de jornada y haber trabajado como asegurado y haber pagado primas de seguro de desempleo durante 450 días en los últimos tres años”. Por lo tanto, el período de pago de primas de seguro de 120 días se ha reducido a 60 días y el recuento de días de pago de primas de 600 días se ha reducido a 450 días. Esos que no cumplan esta condición seguirán beneficiándose del subsidio de jornada reducida durante el período restante desde su último derecho a la prestación por desempleo, sin exceder el período de jornada reducida. Este artículo tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2020.Además, durante el período en que se aplica la jornada reducida, los empleados no deben ser despedidos excepto por motivos relacionados con el incumplimiento de las normas de moralidad y buena fe y casos similares. De lo contrario, el lugar de trabajo no podrá beneficiarse del régimen de jornada reducida.
4-Procedimiento de solicitud del Régimen de Trabajo Reducido
Si se cumplen las condiciones, el empleador puede solicitar a la unidad ISKUR a la que está afiliado el lugar de trabajo por correo electrónico solicitar el régimen de jornada reducida. La solicitud debe incluir la lista de personas a quienes se aplicará el trabajo de jornada reducida, el formulario de solicitud y evidencia de que su negocio se ha visto afectado negativamente debido al coronavirus. Las solicitudeslas solicitudes finalizan dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la solicitud.Se autoriza al Presidente a extender la fecha de solicitud hasta el 31 de diciembre de 2020, y a diferenciar los días señalados.En conclusión, el artículo provisional ha mejorado las condiciones legalmente requeridas para que los empleados se beneficien del subsidio de jornada reducida con el fin de reducir los efectos negativos de la pandemia de COVID-19 en la vida económica. La condición del período de trabajo se ha reducido de 120 días a 60 días y el recuento de días de pago de la prima se ha reducido de 600 a 450 días.Para conocer las dimensiones legales, la legislación y los últimos avances relacionados con la pandemia de coronavirus, haga clic en aquí.Asistente en prácticas. Kevser TURAN