Incapacidad para presentar cheques por coronavirus y puntos a considerar
kPara reducir la tasa de propagación de la nueva enfermedad del coronavirus, se están imponiendo toques de queda en muchos países. En nuestro país, con la circular publicada por el Ministerio del Interior el 21 de marzo de 2020, se impuso toque de queda a los mayores de 65 años y a quienes padecen enfermedades crónicas. Dicha prohibición constituyó fuerza mayor para los tenedores sujetos a la prohibición en términos de presentación, protesta o determinación equivalente de cheques, y los plazos especificadosse ampliaron de conformidad con el artículo 811 del Código de Comercio turco. En este artículo, discutiremos los puntos a considerar durante este período para evitar la pérdida de derechos.1-El tenedor está obligado a notificar sin demora a su propio endosante que está sujeto al toque de queda y a hacer constar esta notificación en el cheque o allonge, escribiendo el lugar y fecha y firmándolo.La notificación deberá realizarse a través de notario público de conformidad con el artículo 811/2. Sin embargo, al estar el titular sujeto al toque de queda, la notificación sólo podrá realizarse a través de apoderado o redactando el texto de la notificación en su domicilio.2-Una vez levantado el toque de queda, el tenedor está obligado a presentar el cheque para su pago sin demora y, en su caso, a que se formule un protesto o determinación equivalente.3-Si el toque de queda, siempre que se produzca antes del vencimiento del plazo de presentación, se prolonga por más de 15 días contados a partir de la fecha en que el tenedor notificó este motivo al deudor que le precedió, el derecho de repetición podrá ejercitarse sin necesidad de presentar el cheque, levantar protesta o hacer determinación equivalente.Sin embargo, para que el titular se beneficie de este derecho, la obligación de notificación prevista en el segundo párrafo del artículo deberá cumplirse según lo previsto en la ley. 4-Si el cheque no se presenta dentro del plazo legal de presentación por razón de la prohibición, aunque se entienda que el cheque es desacreditado cuando se presenta durante el plazo ampliado, no se cometerá el delito de “expedir cheque desacreditado”. Porque de conformidad con el artículo 5/1 de la Ley del Cheque, el delito de emisión de cheque sin fondos sólo se cometerá si el cheque se presenta "dentro del plazo legal de presentación según la fecha de emisión escrita en el cheque".Para conocer las dimensiones legales, la legislación y los últimos avances relacionados con la pandemia de coronavirus, haga clic en aquí.Asistente en prácticas. Kevser TURAN